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Premio Nacional de Artes y Literatura, 2020

2 de agosto de 2020

La Secretaría de Cultura, por conducto del Consejo de Premiación del Premio Nacional de Artes y Literatura y el Fondo Nacional para la Cultura y las Artes, CONVOCA a todas las instituciones o agrupaciones mexicanas especializadas en alguna de las siguientes ramas: arte, cultura, tradiciones, historia, filosofía o ciencias sociales, para proponer candidatos al Premio Nacional de Artes y Literatura 2020, de acuerdo con las siguientes bases:

 

 

Primera.

El Premio Nacional de Artes y Literatura 2020 (en lo sucesivo el “Premio”) se otorgará a quienes por sus creaciones, producciones o trabajos docentes de investigación o de divulgación hayan contribuido a enriquecer el acervo cultural del país o el progreso de la lingüística y la literatura, las bellas artes, la historia, las ciencias sociales, la filosofía y de las artes y tradiciones populares, así como de las expresiones artísticas en general.

El Premio se otorgará en cada uno de los siguientes campos:

  1. Lingüística y Literatura
  2. Bellas Artes (En este Campo quedarán incluidos el diseño gráfico y el diseño arquitectónico)

III. Historia, Ciencias Sociales y Filosofía

  1. Artes y Tradiciones Populares

Segunda.

El Premio se otorgará por el reconocimiento público de una conducta o trayectoria singularmente ejemplar o por la trascendencia de actos u obras valiosos en beneficio de la humanidad, del país o de cualesquiera personas, sin que sea necesario que dichos actos u obras se hayan realizado durante el presente año.

Tercera.

Podrán ser beneficiarias del Premio en sus cuatro campos las personas físicas. En el caso del Campo IV. Artes y Tradiciones Populares, el Premio también podrá otorgarse a comunidades o grupos, en cuyo caso éste se entregará a un representante nombrado por sus integrantes.

Cuarta.

Para ser candidato al Premio en cualquiera de sus cuatro campos se requiere:

Quinta.

El Premio en cada uno de sus cuatro campos consistirá en:

Sexta.

La presente convocatoria 2020 únicamente premiará un ganador por Campo.

Séptima.

Toda propuesta de candidatura deberá expresar los merecimientos del candidato y acompañarse de las pruebas que se estimen pertinentes.

Octava.

Para realizar el registro de una candidatura, se deberá completar la solicitud en línea en la página https://foncaenlinea.cultura.gob.mx con los datos y documentación que se requiera.

Novena.

Aquellas instituciones o agrupaciones que no se encuentren en el listado (anexo) podrán solicitar al Consejo de Premiación a través de la Secretaría Técnica su incorporación.

Décima.

Deberá cargar de manera digital la siguiente documentación a más tardar a las 15 h del 12 de agosto de 2020.

  1. Acta de nacimiento o carta de naturalización del candidato o representante. En el caso de las agrupaciones legalmente constituidas deberán cargar además copia del acta constitutiva
  2. Carta mediante la cual se propone la candidatura correspondiente (en papel membretado y firma autógrafa)
  3. Carta de aceptación para participar como candidato y, en su caso, para recibir el Premio (firma autógrafa)

Cada una de las cartas deberá tener las siguientes características:

Décima primera. El registro deberá realizarse en línea en la página https://foncaenlinea.cultura.gob.mx en el que se cargarán los siguientes documentos administrativos y probatorios:

  1. Documentos administrativos, en formatos PDF o JPG:
  2. a) Carta mediante la cual se propone la candidatura correspondiente
  3. b) Carta de aceptación para participar como candidato y, en su caso, para recibir el Premio
  4. c) En el caso de grupos o comunidades, relación de sus integrantes y documento en el que conste la designación del representante
  5. d) Resumen de trayectoria del candidato o, en su caso, el grupo o la comunidad en el cual se destaquen las aportaciones o logros de mayor relevancia; redactado en lenguaje narrativo y con una extensión máxima de dos cuartillas a un espacio y letra Arial número 12
  6. e) Curriculum vitae actualizado del candidato, ya sea persona física, grupo o comunidad. Dicho documento deberá incluir domicilio, teléfonos y de ser posible, correo electrónico
  7. f) Acta de Nacimiento o carta de naturalización del candidato o representante. En el caso de las agrupaciones legalmente constituidas, además copia del acta constitutiva
  8. g) Identificación oficial vigente (frente y reverso), aceptándose únicamente: credencial de elector, cédula profesional o pasaporte

Para el caso de que el candidato sea un grupo se deberá integrar la identificación de cada uno de sus integrantes; dispensándose de este requisito las candidaturas de comunidades.

  1. h) Fotografía reciente a color con resolución de 300 DPI en formato JPG con autorización para ser reproducida con motivos de difusión

Para el caso de que el candidato sea un grupo se deberá integrar la fotografía del representante y la del grupo en su conjunto. Para las comunidades se deberá presentar la fotografía de quien éstas determinen.

  1. Documentos probatorios:

Incluir pruebas documentales (constancias de materiales bibliográficos, audiovisuales, gráficos, entre otros), así como testimoniales y cualesquiera otras que se estimen pertinentes para acreditar los merecimientos del candidato.

Décima segunda. En atención a las medidas preventivas para contener la propagación del virus SARS-CoV2 (Covid-19) establecidas por el Gobierno Federal a través de sus Secretarías de Salud y Función Pública, publicadas en el Diario Oficial de la Federación durante marzo 2020, la Secretaría Técnica del Premio únicamente recibirá documentación vía electrónica.

Décima tercera. Para mayor información los interesados podrán dirigirse al correo electrónico: premionacional@cultura.gob.mx

Décima cuarta. Sólo serán consideradas las candidaturas cuya documentación haya sido registrada de manera completa en la página https://foncaenlinea.cultura.gob.mx a más tardar a las 15 h del 12 de agosto de 2020, hora y fecha de cierre de la convocatoria.

Décima quinta. Una vez recibidas las candidaturas, la Secretaría Técnica verificará que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y, en su caso, integrará los expedientes respectivos, mismos que someterá a consideración del Consejo de Premiación, el cual los turnará al Jurado correspondiente por Campo de especialidad para que sean dictaminados.

Asimismo, la Secretaría Técnica rendirá un informe al Consejo de Premiación respecto de aquellas candidaturas recibidas que no reunieron los requisitos en términos de la presente convocatoria.

Décima sexta. Por cada Campo habrá un Jurado integrado por hasta siete reconocidos especialistas con amplia trayectoria, elegidos mediante insaculación ante Notario Público con base en las propuestas que hagan llegar a la Secretaría Técnica del Premio, tanto el Consejo de Premiación como las instituciones o agrupaciones a las que está dirigida la presente convocatoria.

Para ello, la Secretaría Técnica realizará un padrón de personas con notorio prestigio en los Campos respectivos que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 17 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, dando preferencia a quienes con anterioridad hayan obtenido el Premio.

En su oportunidad, el Consejo de Premiación hará del conocimiento público los nombres de los integrantes de los Jurados mediante su publicación en la página de Internet: https://fonca.cultura.gob.mx

Cada cuerpo de Jurado por Campo elegirá de entre sus miembros su propio Presidente y nombrará un Secretario.

Las instituciones o agrupaciones podrán formular propuestas de personalidades de reconocida trayectoria, para integrar el Jurado de cada Campo mediante carta dirigida al Consejo de Premiación, misma que deberá ser enviada a las oficinas de la Secretaría Técnica a más tardar a las 18 h del 22 de julio de 2020.

A fin de evitar conflicto de intereses en el proceso de dictamen, no podrán fungir como Jurados aquellos representantes, directores generales o su equivalente de alguna institución y/o agrupación que haya propuesto candidaturas.

Los Jurados están obligados a guardar reserva sobre los asuntos que se comenten en las sesiones que celebren con motivo del presente Premio.

Décima séptima. Los Jurados dictaminarán sobre los expedientes de candidaturas que les turne el Consejo de Premiación y formularán las proposiciones que a su juicio deban someterse, por conducto de dicho Consejo, al Presidente de la República para su resolución final.

El Consejo de Premiación auxiliará a los Jurados con los recursos humanos y materiales necesarios para el mejor cumplimiento de sus funciones. La Secretaría Técnica del Consejo fungirá como enlace entre éste y los Jurados.

Décima octava. Los Jurados sesionarán válidamente con la mayoría de sus integrantes, sus decisiones se tomarán por mayoría de votos y, en caso de empate, el Presidente tendrá el voto de calidad. Los dictámenes que emitan los Jurados deberán ser entregados a la Secretaría Técnica a más tardar el 23 de octubre de 2020.

Décima novena. Los Jurados podrán declarar vacante el Premio en cualquiera de sus campos, cuando así lo consideren conveniente, en cuyo caso se deberán asentar en el acta respectiva las razones de dicha determinación. Las decisiones de los Jurados serán irrevocables.

Vigésima. El Acuerdo del Presidente de la República sobre el otorgamiento del Premio se publicará en el Diario Oficial de la Federación. En dicho Acuerdo se fijarán el lugar y la fecha de su entrega.

Vigésimo primera. Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por el Consejo de Premiación de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

Esta convocatoria se encuentra disponible en la página de internet del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes: https://foncaenlinea.cultura.gob.mx en el apartado Convocatorias Abiertas.

 

 

Publicado originalmente en La Otra · © del texto y las imágenes: sus autores. Forma parte del archivo de La Otra (fundada en 2008, dirigida por José Ángel Leyva) dentro de esta casa.
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